¿Un residente permanente puede pedir a su hijastro? Requisitos y proceso

La reunificación familiar es uno de los principales beneficios del sistema migratorio en Estados Unidos. Por ello, los residentes permanentes tienen la posibilidad de solicitar la residencia para ciertos familiares. En este artículo, exploraremos si un residente permanente puede pedir a su hijastro y qué requisitos deben cumplirse para lograrlo.

Un residente permanente puede pedir a su hijastro

Patrocinio que puede solicitar un residente permanente en Estados Unidos

Un residente permanente en Estados Unidos, también conocido como titular de una Green Card, tiene el derecho de solicitar la residencia para ciertos familiares directos. Sin embargo, su capacidad de patrocinio es más limitada en comparación con la de un ciudadano estadounidense.

Familiares que un residente permanente puede pedir

  • Cónyuge: El esposo o esposa de un residente permanente puede recibir la residencia a través de una petición familiar.
  • Hijos solteros: Los hijos solteros menores de 21 años pueden ser patrocinados por su padre o madre residente permanente. También se puede solicitar la residencia para hijos solteros mayores de 21 años, pero estos entran en una categoría de preferencia que implica tiempos de espera más largos.

¿Un residente permanente puede pedir a su hijastro?

Sí, un residente permanente puede solicitar la residencia de su hijastro, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley de inmigración de Estados Unidos. Lo más importante es que el vínculo legal entre el residente y el hijastro se haya formado antes de que el niño cumpliera los 18 años.

Si la relación de padrastro e hijastro se formalizó a través del matrimonio con el progenitor biológico antes de que el niño alcanzara la mayoría de edad, el hijastro es considerado un familiar inmediato elegible para el patrocinio de residencia. Sin embargo, si el matrimonio ocurrió después de los 18 años del menor, la relación legal no será reconocida a efectos migratorios.

El proceso de solicitud de residencia para un hijastro sigue las mismas reglas que la petición de un hijo biológico. No se requiere una adopción formal, pero sí es necesario demostrar la relación legal entre el residente permanente y el hijastro mediante documentos oficiales.

¿Quién califica como hijastro según la ley de inmigración?

Para que un hijastro sea considerado elegible bajo las leyes de inmigración de Estados Unidos, deben cumplirse los siguientes criterios:

El matrimonio entre el residente permanente y el progenitor biológico debe haberse realizado antes de que el hijastro cumpliera los 18 años. Esto es clave, ya que el gobierno solo reconoce la relación padrastro-hijastro si se estableció antes de esa edad.

Debe existir un vínculo legal válido entre el padrastro y el hijastro. Esto significa que el matrimonio debe estar debidamente registrado y no haber sido realizado con el propósito exclusivo de obtener beneficios migratorios.

No es obligatorio que el padrastro haya adoptado formalmente al hijastro. A diferencia de otros procesos migratorios que requieren adopción, en este caso basta con demostrar la relación a través del matrimonio.

Requisitos para el patrocinio de un hijastro siendo residente permanente

Para iniciar el proceso de solicitud de residencia para un hijastro, el residente permanente debe cumplir con ciertos requisitos tanto legales como documentales.

  1. Estatus migratorio del patrocinador: El solicitante debe ser un residente permanente legalmente reconocido en Estados Unidos.
  2. Demostrar la relación familiar: Presentar pruebas de que el padrastro y el progenitor biológico están legalmente casados y que el matrimonio ocurrió antes de que el hijastro cumpliera 18 años.
  3. Prueba de estabilidad financiera: El residente permanente debe demostrar que cuenta con ingresos suficientes para mantener económicamente al hijastro, cumpliendo con las pautas establecidas en la Declaración de Patrocinio Económico (Formulario I-864).
  4. Certificados de nacimiento y matrimonio: Se deben presentar copias del certificado de nacimiento del hijastro, el certificado de matrimonio del residente permanente y cualquier otro documento que pruebe la relación familiar.
  5. Prueba de residencia en Estados Unidos: Es necesario presentar pruebas de que el patrocinador reside en Estados Unidos de manera legal y permanente.

¿Cómo iniciar la petición de residencia para un hijastro?

El proceso para solicitar la residencia permanente de un hijastro se inicia con la presentación del Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). A continuación, se describen los pasos clave para completar la solicitud.

Presentar el Formulario I-130

Este formulario debe ser completado por el residente permanente e incluir la documentación que demuestre la relación familiar.

Pagar la tarifa de procesamiento

USCIS requiere un pago por la presentación del Formulario I-130. Las tarifas pueden variar, por lo que se recomienda verificar los costos actualizados en el sitio web oficial.

Esperar la aprobación

Una vez presentada la solicitud, USCIS revisará la documentación y determinará si el caso es aprobado. Si se aprueba, el hijastro será colocado en la categoría de preferencia familiar F2A.

Esperar la disponibilidad de visa

Los hijastros de residentes permanentes no son considerados familiares inmediatos, por lo que deben esperar a que haya una visa disponible en la categoría F2A. Los tiempos de espera pueden variar dependiendo del país de origen.

Proceso consular o ajuste de estatus

Si el hijastro está fuera de Estados Unidos, deberá completar el trámite en un consulado estadounidense en su país. Si ya se encuentra en el país de manera legal, podrá solicitar un ajuste de estatus mediante el Formulario I-485 cuando haya una visa disponible.